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La Diputación surgida tras las Cortes de Cádiz: 1813 · 1814

La Constitución de 1812 estipulaba que en cada provincia habría una diputación para promover su prosperidad, y La Instrucción para el Gobierno económico y político de las Provincias de 1813 las puso en marcha, en ese año se constituyeron muchas diputaciones, entre ellas la de Córdoba que lo hizo el 18 de agosto de 1813, iniciando sus sesiones el mismo día. En agosto de 1813, hacía casi un año que las tropas francesas habían salido de la provincia de Córdoba y faltaba menos de otro para el regreso de Fernando VII. En ese corto período de tiempo intenta asentarse una institución creada por la actividad gaditana: la Diputación Provincial, y que será suprimida con el retorno del Rey(i).

La orden de 18 de diciembre de 1812 regulaba el funcionamiento de las diputaciones, las cuales se compondrían de un Presidente, que coincidirá en la persona del Jefe Superior Político, el Intendente, siete individuos o vocales quienes nombrarían un Secretario, dotado de los fondos públicos de la provincia, y un depositario para la recaudación de arbitrios. En el Acta de Instalación de la Diputación de Córdoba, el 18 de agosto de 1813, se explicita quienes son los siete vocales que, junto al Presidente y el Intendente, componían la Diputación.

Presidente: Barón de Casadavalillo, Jefe Superior Político. Diputados: José Garrido y Portilla, prebendado de la Catedral; Juan María del Valle Calvo, maestrante de Ronda; Juan Antonio de Fuente Centella, abogado y regidor del ayuntamiento de Castro; Joaquín Pérez Gómez, vecino de Pozoblanco; Pedro Coronado, notario mayor, Gobernador del Juzgado Eclesiástico del Obispado de Córdoba; Juan Díaz García, hacendado de Lucena; Antonio Luis Salcedo y Utrilla, labrador de Almodóvar. Intendente: Joaquín de Peralta

Todos los diputados permanecieron en la Diputación de Córdoba durante los diez meses que tuvo de vida. No manifestaron disensiones políticas ni intereses encontrados, al menos no lo reflejan las actas ni la correspondencia(ii). El ideario de los diputados si nos basamos en las circulares, oficios y cartas que emanan, es claramente heredado de los Ilustrados del XVIII(iii). El Estado brindaba protección legal y económica para establecimientos cuyo objetivo fuera el bien público, pero las personas al frente de los mismos deberían “ser a propósito”, responder a un mismo ideario, no impulsado por su interés particular.

La vigencia de esta institución es escasa, pero a través de ella, podemos contemplar a la provincia de Córdoba, como tal vez pase en otras, como un campo experimental donde se encuentran la innovación y la resistencia, preludio del combate que durante casi tres décadas, mantendrá al país sumido entre las fuerzas conservadoras y liberales(iv). Las diputaciones provinciales reflejan el choque entre la legislación reformista emanada de los doceañistas y unas estructuras resistentes al cambio.

En un corto período de tiempo de agosto de 1813 a febrero de 1814 observamos cómo las buenas intenciones de los legisladores, tanto desde los órganos del poder central como de los gobernantes de la nueva institución provincial, se estrellan contra la resistencia que ofrecen los grandes municipios. En la mente de las autoridades provinciales no sólo late la idea de “promover la felicidad de los habitantes” de la provincia, sino que se muestran conscientes de estar llevando a cabo una revolución que “hará una de los épocas más memorables en la historia del mundo”. Pero también tienen plena conciencia de la importancia de los ayuntamientos en la vida de los pueblos y, en consecuencia, solicita la pertinente colaboración de la institución municipal, la cual antepondrá en abundante casuística sus propios intereses, desoyendo cuando no le interesen las disposiciones de la Diputación.

Los intentos de poner en marcha el país, en concreto la provincia, reformando sus caducas pero sólidas estructuras administrativas, económicas y sociales, chocan con el valladar casi inexpugnable que supone la rémora secular de una mala administración municipal y de justicia, de la ocultación por parte de los habitantes de sus bienes y posesiones de cara a una correcta evaluación de la riqueza provincial, etc. El choque se hace más patente cuando la Diputación se siente impotente para resolver los graves problemas planteados al carecer de recursos económicos y de fuerza coercitiva para imponer sus decisiones frente a la resistencia de los municipios o de otras instituciones como es el caso de las militares. Al combate entre la permanencia y el cambio se le pone punto y aparte con la llegada de Fernando VII y la vuelta al ser y estado anteriores a la guerra. El sistema político cambia pero los problemas permanecen, unos heredados del Antiguo Régimen, otros surgidos de la guerra de la Independencia, los menos fueron consecuencia de los intentos reformistas.

Los problemas más acuciantes que se le plantean a la Diputación de Córdoba, tras su instalación, fueron los relativos a su organización: desde hallar una sede, a las competencias en materia de los municipios, pasando por la elección del secretario y la de allegar recursos para afrontar los gastos más imprescindibles. En definitiva, se crea una institución ex novo, se le dota nominalmente de fondos, pero la realidad demuestra que carece de recursos económicos. Se le dota de unos objetivos, pero carece de recursos coercitivos para imponer sus dictámenes. A la dura resistencia de los poderes fácticos como el comandante militar o los grandes municipios, la Diputación no puede oponer más que la fuerza de sus razonamientos. En cuanto a la provincia los problemas que van desfilando por las actas de la Diputación de este tiempo son los concernientes a la recaudación de contribuciones, la inversión de los fondos públicos y el examen de las cuentas. El problema del reclutamiento; la formación de ayuntamientos y la fijación de términos; los repartos de propios y baldíos y la prepotencia municipal de algunos ayuntamientos; los abusos en la administración de rentas públicas; la administración de justicia, el bandolerismo y las elecciones son los temas que van desfilando por la Diputación Provincial de Córdoba(v).

i) Sobre la provincia de córdoba en el reinado de Fernando VII véanse los trabajos de Mª Carmen Martínez Hernández. “Estado de la provincia de Córdoba al término de la guerra de la Independencia. 1813-1814”. En Actas del II Congreso de Historia de Andalucía. Córdoba, 1991. Andalucía Contemporánea. Córdoba, 1996, I, 341-355. J. M. Ventura Rojas, “Crisis hacendística en la provincia de Córdoba durante la Guerra de la Independencia. En J. M. Cuenca (Editor) Andalucía en la Guerra de la Independencia (1808-1814), Servicio de publicaciones de la Universidad de córdoba, Córdoba, 2009, pp. 342-343. José Manuel Ventura Rojas, La provincia de Córdoba durante el reinado de Fernando VII (1808-1833): el marco socioeconómico. Prólogo de José Manuel Cuenca Toribio.

ii) Esta unidad en la actuación y esta permanencia en sus cargos, ofrece franco contraste con la de los diputados gallegos (único estudio conocido hasta la fecha) que manifiestan una notoria inestabilidad tanto en la Presidencia como en la deserción de sus vocales. González Mariñas, Pablo: Las Diputaciones Provinciales en Galicia: del Antiguo Régimen al Constitucionalismo. La Coruña, 1978, 65-66.

iii) “La ideología del siglo XVIII, con su impulso racional y reformador, va a desembocar en Cádiz e informar el espíritu de los constituyentes con un intento de racionalizar el orden político, L. Sánchez Agesta. Historia del constitucionalismo español. Madrid, 1978, 88.

iv) Cf. Fontana, J. La quiebra de la monarquía absoluta. 1814-1820. Barcelona, 1974, p. 74-75.

v) Mª Carmen Martínez Hernández, “La Diputación provincial de Córdoba: 1813-1814. Los intentos de implantación del nuevo régimen político-administrativo”… 329-339.