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La Diputación durante el reinado de Isabel II. [1833·1868]

A la muerte de Fernando VII asciende al trono su hija de tres años Isabel II el 29 de septiembre de 1833, iniciándose un periodo de regencias hasta noviembre de 1843, fecha en que es nombrada mayor de edad. El 30 de septiembre de 1868, Isabel II parte para el exilio. Son los años del triunfo de una burguesía liberal que para arreglar los problemas de la deuda diseña el programa desamortizador en los que compran al Estado los bienes raíces de los conventos y las fincas del clero regular generando una nueva clase de propietarios.

La llegada de Mendizábal al poder en 1835 restablece la figura de las diputaciones, regulando su creación e instalación por R. D. de 21 de septiembre de 1835. Estas corporaciones provinciales se encuentran en el articulado de las Constituciones de 1845, 1856, 1869. A las competencias iniciales se le añade las de controlar los bienes de propios y baldíos, las obras públicas, la enseñanza, la beneficencia y la salud públicas, el fomento de la agricultura y de las artes y del comercio, si bien sus competencias y funcionamiento van a marchar al socaire de las luchas entre moderados e isabelinos que se alternaron en el gobierno de la nación. Unos y otros tenían diferente concepto del funcionamiento de las diputaciones provinciales, para los moderados debían estar totalmente sometidas a los agente gubernamentales, mientras que los progresistas eran partidarios de una mayor autonomía y descentralización.

La Diputación provincial de Córdoba inicia su nueva andadura entre el 14 de octubre y el 4 de noviembre de 1835(i), siendo la reina menor de edad. Las vicisitudes de la guerra carlista le afectan y en 1836 la presencia en Córdoba del faccioso Zaldívar provoca una suspensión temporal de la Diputación, que se reinstala el 18 de octubre de 1836. La primera corporación del reinado propiamente isabelino se instala el 2 de noviembre de 1843. Del período isabelino destaca la figura del primer presidente independiente de la Diputación de Córdoba, el jurista Rafael Joaquín de Lara y Pineda(ii). La sede de la corporación provincial estaba en el antiguo edificio del convento de San Pablo. En 1843 se acondiciona la fachada y se abre una puerta de acceso al edificio por la calle Carreteros, actual Pedro López(iii).

La administración provincial se estructura definitivamente en tiempos de Isabel II, mediante el R.D. de 21 de septiembre de 1835, quedando formada por la Diputación Provincial, el Consejo Provincial, la Junta de Jefes, la Intendencia y las Juntas provinciales. Se crea, en 1845, un Consejo Provincial, formado por el Jefe político y de tres a cinco vocales de designación real, que se ocuparían del asesoramiento técnico al jefe político, además de ejercer como tribunal contencioso-administrativo de primera instancia. La Junta de Jefes, sin ser una institución propiamente dicha, sí tuvo importancia en materia hacendística al ocuparse de los temas relacionados con los impuestos, la recaudación de productos estancados y los derechos de puertas. Como elementos de carácter consultivo del jefe político se crearon las juntas provinciales. En Córdoba fueron: la junta Agricultura, que desde 1843 se denominó de Agricultura, Industria y Comercio; la Junta de Instrucción Primario ó Instrucción Pública; la Junta de Beneficencia; la Junta de Sanidad, y la Comisión de Monumentos Históricos y Artísticos(iv).

Las luchas partidistas tuvieron su eco en las corporaciones provinciales, los reglamentos organizativos dan muestra de ello. Hubo un reglamento en 1838 siguiendo la Instrucción de 1823, y otro en 1843.

Las competencias asignadas por las legislación en materia hacendística a ls diputacion son amplísimas: el repartimiento de las contribuciones y las reclamaciones contra las derramas realizadas; el sueldo del secretario; examinar y supervisar las cuentas de propios, arbitrios y pósitos; los fondos y haberes con las que las poblaciones sostienen sus cargas; los presupuestos provinciales; los bienes concejiles, la administración de propios, arbitrios y pósitos; el arriendo de censos y bienes raíces; los arbitrios para obras públicas, los arbitrios de policía urbana y rural, así como los arriendos y aprovechamientos de baldíos(v). De todas ellas puede considerarse como una de las más importantes la delegación que hace el Estado en las diputaciones sobre el repartir entre los municipios, del cupo asignado a cada provincia de las contribuciones Territorial, Industria y Comercio, y la de Consumos. La inexactitud de los datos estadísticos ya generaba bastantes problemas para la recaudación, pero las discriminaciones que el sistema caciquil cometía en la asignación de cantidades a cada pueblo las aumentaban. La recaudación de impuestos fue fuente de conflicto para los municipios(vi).

La Diputación, además tenía que elaborar presupuestos para el desempeño de las funciones y servicios que le encomendaban las leyes. Uno de los medios de financiarse las corporaciones provinciales era mediante el recargo de las contribuciones estatales y el establecimiento de arbitrios provinciales sobre el consumo. Estos eran muy impopulares y los ayuntamientos ofrecían resistencia a su abono, retrasando su pago incluso durante décadas. Todo ello incidía en que los presupuestos provinciales, necesarios para que la Diputación desempeñases los cometidos asignados por las leyes, no fueran lo elevado y saneados que debían serlo. Por el contrario el retraso de los ayuntamientos en el pago de los arbitrios provinciales y los gastos de la corporación generaron un déficit presupuestario cada vez más elevado. Para su solución se recargaban cada vez más los impuestos indirectos que recaían en el conjunto de la población, especialmente las clases trabajadoras, que ni tenían derecho al oto y eran los que más contribuían por rentas directas(vii).

En 1834 la provincia se divide en partidos judiciales sobre los que se constituirán la corporación provincial. Los partidos judiciales ya figuran perfilados en los mapas de la provincia editados durante este reinado.

Durante el período isabelino se demarcó el territorio de varios términos municipales como La Victoria, Valsequillo, La Granjuela, Los Blázquez, Villaralto, Nueva Carteya.. Se dividen los términos de Hinojosa del Duque y Belalcázar. Se suprimen los municipios de Trasierra y Santa Cruz, que pasan a ser aldeas de Córdoba y Montilla, también San Calixto deja de tener ayuntamiento propio y pasa a ser aldea de Hornachuelos. Se crean los ayuntamientos de Almedinilla, Castil de Campos y Fuente Trójar, se deniega a Zamoranos(viii). La Diputación contribuyó a la colonización de Sierra Morena y el intento de creación de nuevas poblaciones, como la de San Calixto, en Hornachuelos.

En 1848 se crea la Junta provincial de Agricultura de Córdoba, como órgano periférico del flamante Ministerio de Fomento, creado un año antes (1847), en un intento de poner en marcha la administración agraria en España. La Diputación contribuye a su sostenimiento. Las juntas provinciales de Agricultura pudieron jugar mayor o menor papel en la medida en que las diputaciones correspondientes les dieron el apoyo necesario, aunque la incidencia en la realidad agrícola ya no dependiese solo de las instituciones, sino de los notables, como sucedió en la posible y temprana mecanización del campo. Es interesante destacar la actuación de la Diputación cordobesa en la promoción de ensayos con maquinaria agrícola. Las máquinas en ese momento constituían la cabeza de lanza de la mecanización en tareas clave para la renovación de las prácticas culturales relacionadas con la cerealicultura. La Diputación financió la adquisición de segadoras y trilladoras y corrió con los gastos que suponía desplazar las máquinas a las diferentes localidades para realizar ensayos. Llevó las máquinas a todos los partidos judiciales, y se verificó la posibilidad de una siega mecánica en buenas condiciones. Igualmente hizo con las máquinas trilladoras, que la Diputación provincial adquirió en 1867 y que se dio a conocer en varios ensayos públicos en la Capital y algunos pueblos de la provincia y cuyos resultados fueron igualmente satisfactorios. No obstante pese a los satisfactorios ensayos ni segadoras ni trilladoras se generalizaron y se siguió con las prácticas agrícolas tradicionales. Los agentes sociales no parece que se sintieran interesados por las mismas, pero esto era algo en lo que la Diputación no podía entrar(ix).

El régimen liberal propició el desarrollo de las comunicaciones como un medio de extender el poder del Estado. La red viaria cordobesa adolecía de un lamentable estado y la Diputación, en el ejercicio de sus competencias, desplegó una importante labor para el desarrollo de la infraestructura viaria con la construcción de diversas carreteras estatales y ambiciosos planes de caminos provinciales que conectasen las comarcas con las principales comunicaciones, especialmente el ferrocarril, sobre todo mediado el siglo. A partir de 1849 se constatan sucesivos planes de construcción de carreteras y caminos vecinales. Las carreteras más importantes construidas en esta época fueron: La carretera de Córdoba a Málaga; la carretera de Córdoba a Almadén y la carretera de Córdoba a Badajoz(x).

El sistema de la beneficencia pública del liberalismo se encaminó a la atención de los desfavorecidos(xi). El Estado asume las funciones que hasta entonces había desempeñado la Iglesia, a la que se había desposeído de sus recursos, y descarga el peso de su gestión y financiación en diputaciones y ayuntamientos(xii). Por el R. D. de 21 de septiembre de 1835 las diputaciones debían de informar e intervenir en la instrucción de los expedientes relativos a establecimientos de caridad y beneficencia.

La Beneficencia estaba organizada por las Juntas municipal y provincial, existiendo un reglamento de funcionamiento. En 1837, los hospitales y centros asistenciales de Córdoba fueron fusionados en seis centros. Los centros asistenciales eran: La casa de Maternidad y Expósitos(xiii); la Casa Socorro u Hospicio; el Hospital del Cardenal, también llamado de Agudos; El Hospital de Crónicos o de la Misericordia. El de Jesús Nazareno, y el de San Jacinto o de los Dolores. Fue a partir de 1838 cuando las diputaciones adquieren competencia en la vigilancia e inspección de los establecimientos provinciales de beneficencia. En 1850 quedaban todos los establecimientos integrados en la Beneficencia provincial. Los expósitos, desde 1816 estaban instalados en el Hospital de San Sebastián, situado en la calle Torrijos. Desde 1850 quedó bajo el patronato de la Diputación Provincial. En 1836 se permutaron edificios de beneficencia pasando el ex-convento de las Agustinas al Estado, y el de la Merced a la Beneficencia provincial, quedando instalado en éste último los acogidos del Hospicio. En 1840 el viejo e importante hospital de la Caridad, al que se le habían dio incorporando rentas de otros hospitales menores, pasa a denominarse hospital de Agudos bajo el que se atenderían enfermos, presos de la cárcel enfermos, enfermedades venéreas, convalecientes y dementes. La Casa de Dementes quedó establecida en 1836 como un anejo del Hospital del Cardenal, en el que fue convento de san Pedro Alcántara, hubo intentos de reforma psiquiátrica y se proyecta la creación de un hospital psiquiátrico, que no cuajará y en 1868 los enfermos mentales son enviados a un hospital privado en San Baudilio de Llobregat(xiv).

Las diputaciones continuaron con la tarea de distribuir el contingente de hombres propuesto por el Gobierno a cada provincia para el servicio de armas, repartiéndolo entre los municipios según el padrón de habitantes. Además del reparto de cupos, a las diputaciones le incumbía la formación de padrones, el alistamiento, el sorteo, la clasificación y el ingreso de soldados y suplentes en la Caja de Reclutas. La obligatoriedad del servicio militar podía ser suplido mediante el pago en metálico de una cantidad, lo que derivó en que el peso del reclutamiento recayese en los menos favorecidos, y que los caciques locales mediaran en la practica de obtener exenciones o reducciones del cupo. El mismo sistema se utilizaba en el reclutamiento para la Milicia Provincial. A estas competencias se sumaban los concernientes a la manutención de las guarniciones militares y efectivos de la Guardia Civil que dependía de los ayuntamientos, debiendo la Diputación establecer el precio de los productos. En el período isabelino fueron frecuentes los pronunciamientos militares, lo que ocasionó grandes gastos a los municipios y desembolsos a la Diputación(xv)

El principio liberal de la educación como elemento del progreso social y desarrollo de la democracia se traducía en una enseñanza pública, universal y gratuita. La educación primaria debería extenderse a todos los niños, recayendo su financiación en los ayuntamientos, mientras las diputaciones asumían los gastos de la enseñanza secundaria y profesional. Los establecimientos de instrucción pública, junto con los de beneficencia, su uso y destino, y la creación o supresión de los mismos, llena con una amplia banda de competencia a la Diputación, a lo largo de toda la centuria decimonónica(xvi). La Diputación desarrolló una importante labor de mecenazgo educativo no sólo con el mantenimiento de los establecimientos dedicados a la instrucción pública, sino también mediante la concesión de becas. Inicialmente se trata de simples donativos, concesiones de cantidades para sufragar los gastos de alumnos en centros nacionales e incluso en el extranjero, posteriormente se iniciaría un procedimiento de concesión de pensiones o becas de estudios. Algunos de los becados fueron notables profesionales, desde agrónomos, maestros, ingenieros y artistas. Los establecimientos educativos más significativos de la Diputación de Córdoba fueron:(xvii)

El Colegio de Nuestra Señora de la Asunción e Instituto provincial, cuya fundación data de 1569, y que en 1835 queda bajo el patrocinio de la Diputación, de la que dependía económicamente. En 1841 se inicia el proceso de transformación en Instituto de Segunda Enseñanza, culminando en 1847 con la fundación del mismo. En 1867 se amplía el Instituto y se construye la nueva fachada del centro. El otro centro importante de enseñanza secundaria en la provincia fue el Instituto de Cabra

Las Escuelas Normales de Magisterio tuvieron una vida tan precaria que hasta se llegó a pensar en suprimirlas. Su sostenimiento dependía de la Diputación cuya penuria presupuestaria hizo que estas escuelas adoleciesen de falta de material y estuviesen peregrinando por edificios poco adecuados. La Escuela Normal de Maestros inicia su periplo en el antiguo hospital de san Bartolomé en 1841. En 1843 se traslada al antiguo hospital de Antón Cabrera, en la plaza de san Felipe. La Escuela de Maestras experimento serias penurias. Su creación fue autorizada en 1860, si bien no se abrió hasta 1861, ubicándose en un edificio en alquiler en la plaza de San Juan de los Caballeros.

Escuela de Bellas Artes. La Diputación consideraba que era necesaria la implantación de la enseñanza artística y sus aplicaciones a las artes mecánicas e industriales y solicita en 1860 al Gobierno su implantación, que le fue concedida en 1861, si bien no se constituye hasta 1866 ubicándose en el edificio del antiguo Hospital de La Caridad.

La Escuela Elemental de Agricultura se establece en 1857 por iniciativa de la Diputación, iniciando sus enseñanzas en 1858 que se impartirían en el Instituto Provincial y en una granja modelo cercana a la capital. En su interés por el fomento de la agricultura cordobesa, la Diputación se interesó por la formación agraria y financió las carreras de varios cordobeses en centros educativos nacionales; abrió una escuela de agricultura que experimentó considerable impulso, si bien no obtuvo el respaldo del Gobierno(xviii).

El viejo hospital de la Caridad, situado en la plaza del Potro albergaría durante la etapa isabelina la Biblioteca Provincial, el Museo Provincial y la Escuela de Bellas Artes. La Biblioteca y el Museo se formarían básicamente con libros y obras artísticas procedentes de conventos y colegios suprimidos, canalizados a través de la Comisión Artística y Científica. De estas fechas data el comienzo de las becas concedidas a artistas. El pintor José Muñoz Contreras, fue becado para estudiar en Madrid, el cual sería posteriormente director del Museo de Bellas Artes. Y el también pintor Joaquín Martínez de la Vega, fue pensionad para la Academia de San Fernando en 1862. Ambos enviarían cuadros a la Diputación.

En la década de los años treinta del XIX se crearon unas comisiones científicas y artísticas que debían encargarse de los asuntos relativos al patrimonio artístico. Las desamortizaciones habían aportado un gran número de obras artísticas y literarias, así como documentos de archivos, procedentes de conventos, colegios e iglesias que habían sido suprimidos y que había que recoger, inventariar y ubicar convenientemente en bibliotecas, archivos y museos. En 1844 se crean las comisiones de monumentos, dependientes del Ministerio de Fomento, continuadoras de la misma tarea. Las diputaciones fueron las encargadas de su mantenimiento y tutela., lo que, dada la crónica penuria de la hacienda provincial, no siembre pudieran funcionar como debieran .La Comisión Científica y Artística de Córdoba reunió y catalogó los cuadros y esculturas procedentes de la desamortización en 1835.

El Museo Provincial de Bellas Artes se crea en 1862 y se fue nutriendo de los fondos artísticos procedentes de los conventos suprimidos desde las desamortizaciones iniciadas en 1835, que habían pasado sucesivamente por diferentes ubicaciones todas inapropiadas. En 1844 las pinturas que habían sobrevivido a las ventas, extravíos y sustracciones fueron expuestas en la sede de la Diputación en el antiguo convento de San Pablo. En 1856 se decide el traslado de las obras artísticas al edificio del antiguo Hospital de la Caridad, que no se llevó a cabo hasta 1862.

La figura institucional de las bibliotecas públicas provinciales surge en la Ley de 23 de octubre de 1820 quedando bajo la dirección de las respectivas diputaciones provinciales. La Biblioteca Provincial de Córdoba se crea por Orden de 12 de julio de 1842, siendo Luis María Ramírez de las Casa Deza el encargado de inventariar los fondos. En 1850 se ubica en el piso alto del edificio donde tenía su sede la Diputación, en el exconvento de San Pablo en la calle Carreteros. En 1861 se traslada al edificio del antiguo Hospital de la Caridad(xix).

Como complemento al mecenazgo cultural llevado acabo por la Diputación de Córdoba cabe señalar la edición de libros, aportando fondos para darlos a la imprenta. Con ello contribuía al fomento de los intereses de la provincia, tanto sobre historia y tradiciones cordobesas como de aquellos documentos o informes generados por la Junta de Agricultura de Córdoba para lograr una mayor difusión de sus contenidos.

El Boletín Oficial de la Provincia se establece como medio de comunicación para propietarios, comerciantes y todos aquellos que optasen a la subasta de bienes nacionales, la contrata de obras públicas o a los planes de distribución fiscal(xx).

i) No se conserva el acta de instalación, pero el registro de correspondencia del Gobierno Civil acusa recibo de la normativa sobre creación de diputaciones el 14 de octubre de 1835, y el 4 de noviembre recibe una nota de la Diputación sobre el secretario de la misma. Entre ambas fechas debió constituirse la Diputación de Córdoba.

ii) Sobre esta figura y toda la diputación cordobesa durante la etapa isabelina, véase el amplio trabajo realizado por F. M. Espino Jiménez, Administración territorial y centralismo en la España Liberal. La Diputación provincial de Córdoba...

iii) F. M. Espino Jiménez, Administración territorial y centralismo en la España Liberal. La Diputación provincial de Córdoba…, p. 106

iv) F. M. Espino Jiménez, Administración territorial y centralismo en la España Liberal. La Diputación provincial de Córdoba … p. 104.

v) Cf. Mª. C. Martínez Hernández, “Funciones, competencia y producción documental en las diputaciones. Aproximación a la identificación de las series de Órganos de Gobierno”. En Tria, Revista de la Asociación de Archiveros de Andalucía, Córdoba, 7, 2000, pp. 35-39

vi) Sobre le papel hacendístico de las diputaciones véase el trabajo de F. M. Espino Jiménez, Administración territorial y centralismo en la España Liberal. La Diputación provincial de Córdoba … 290-303.

vii) Cf. F. M. Espino Jiménez, Administración territorial y centralismo en la España Liberal. La Diputación provincial de Córdoba … 297-301.

viii) F. M. Espino Jiménez, Administración territorial y centralismo en la España Liberal. La Diputación provincial de Córdoba … 144-146

ix) Sobre el tema véase el trabajo de Antonio Luque Ballesteros, Hacendados, labradores y agrónomos en el marco de la Administración agraria. Córdoba 1847-1885, Córdoba, 2012.

x) F. M. Espino Jiménez, Administración territorial y centralismo en la España Liberal. La Diputación provincial de Córdoba… 170-195

xi) Vid. Fernando López Mora, Pobreza y acción social en Córdoba (1750-1900), Córdoba 1997, 620.

xii) Sobre la organización de la Beneficencia en Córdoba durante el período isabelino, véase los trabajos de Martínez Hernández Mª. Carmen. “Fondos de Beneficencia, Sanidad y Obras Sociales del Archivo de la Diputación de Córdoba”… pp. 415-426. Y F. M. Espino Jiménez, Administración territorial y centralismo en la España Liberal. La Diputación provincial de Córdoba … 214-239.

xiii) Sobre los expósitos en la Córdoba isabelina, véase Inmaculada Díaz Villalba, Ainoa Quevedo García, Rocío Tejero Durán, “La tragedia del niño expósito en la Casa de Maternidad de Córdoba a través de los libros de registro (1800-1850), en Arcontes. Cuaderno del Archivo de la Diputación de Córdoba, 31 (2010), 111-162.

xiv) Martínez Hernández Mª. Carmen. “Fondos de Beneficencia, Sanidad y Obras Sociales del Archivo de la Diputación de Córdoba”… 414-443.

xv) Cf. F. M. Espino Jiménez, Administración territorial y centralismo en la España Liberal. La Diputación provincial de Córdoba… 239-246.

xvi) Mª. C Martínez Hernández, “Funciones, competencia y producción documental en las diputaciones. Aproximación a la identificación de las series Órganos de Gobierno”… p. 19.

xvii) Sobre los establecimientos educativos creados por la Diputación véase el trabajo de C. Olid Crespo, “Fuentes para el estudio de la educción en el Archivo de la Diputación de Córdoba”, en Actas de la III Jornadas de Gestión del Patrimonio Documental. Archivos de la administración provincial.: Diputaciones, Gobiernos Civiles, Delegaciones, Audiencias, Histórico-provinciales Córdoba, 2003, pp. 471-478, del que se han extraído algunos datos. Y para un mayor detalle sobre sus fines y funcionamiento véase Cf. F. M. Espino Jiménez, Administración territorial y centralismo en la España Liberal. La Diputación provincial de Córdoba… pp. 258-274

xviii) F. M. Espino Jiménez, Administración territorial y centralismo en la España Liberal. La Diputación provincial de Córdoba … 150-158.

xix) María Teresa Maestre Delgado, “Nuevos espacios para la lectura: el proyecto del pabellón de la Biblioteca Provincial de Córdoba (1896-1897) del Archivo de la Diputación de Córdoba”, en Arcontes. Cuaderno del Archivo de la Diputación de Córdoba, 4 (2011), 169-193.

xx) SZ Juan Sisinio Pérez Garzón y María Zozaya Montes. “Diputación Provincial” en Diccionario Espasa de Historia de España y América, dirigida por Jaime Alvar Ezquerra. Madrid 2002, 411-412.